El texto transaccional se ajusta a la propuesta de la Comisión de establecer por primera vez un límite global de exposición profesional a los diisocianatos. Foto: Presidencia del Consejo de la UE

La Presidencia del Consejo de la UE y el Parlamento Europeo han llegado a un acuerdo provisional sobre los valores límite de exposición al plomo y los diisocianatos. Ambas instituciones deben confirmarlo todavía antes de pasar al procedimiento formal de adopción.

Los negociadores de la Presidencia y del Parlamento Europeo se han puesto de acuerdo sobre el núcleo de este proyecto de directiva, que es la introducción de valores límite para los dos grupos de sustancias, «ya que los dos colegisladores compartían el compromiso de mejorar la salud y la seguridad de los trabajadores».

Los negociadores han mantenido la ambición de la Comisión de reducir el límite de exposición profesional al plomo de 0,15mg/m3 a 0,03mg/m3, y el valor límite biológico del plomo de 70µg/100ml a 15µg/100ml.

«Es la primera vez en 40 años que revisamos los valores límite de exposición profesional al plomo y la primera que introducimos valores límite para los diisocianatos. Hace unos meses llegamos a un acuerdo para proteger a los trabajadores de la UE frente al amianto. Este acuerdo provisional es otro hito para garantizar una transición ecológica segura para todos los trabajadores de la UE», ha manifestado Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo y Economía Social en funciones.

El texto transaccional se ajusta a la propuesta de la Comisión de establecer por primera vez un límite global de exposición profesional a los diisocianatos de 6µg NCO/m3 (es decir, la concentración máxima en el aire que respira un trabajador durante una jornada laboral de 8 horas) y un límite de exposición a corto plazo de 12µg NCO/m3 (es decir, la exposición media durante un periodo de 15 minutos).

Los colegisladores también han acordaron un período transitorio para el nuevo valor límite biológico del plomo (hasta el 31 de diciembre de 2028) con el fin de garantizar que los Estados miembros tengan tiempo suficiente para actualizar eficazmente los procesos de producción y aplicar las medidas de prevención y protección necesarias.

Normas específicas y medidas de vigilancia sanitaria

Según la Presidencia del Consejo de la UE y el Parlamento Europeo, «el acuerdo es equilibrado en lo que respecta a disposiciones específicas para proteger la salud de los trabajadores que ya tienen niveles elevados de plomo en la sangre como resultado de una exposición histórica, garantizando al mismo tiempo su continuidad en el mercado laboral.

En cuanto a las mujeres en edad fértil , los negociadores han logrado un equilibrio entre proteger la seguridad y la salud del feto y de los hijos de las trabajadoras –a través de un seguimiento médico– y garantizar su igualdad de trato en el mercado laboral.

Ambos colegisladores reconocieron la importancia de calificar el plomo como «sustancia reprotóxica sin umbral», lo que significa que no existe ningún nivel por debajo del cual la exposición al plomo sea segura para el desarrollo de los hijos de trabajadoras en edad fértil.

Revisión y aplicación de la directiva

También encargarán a la Comisión que evalúe posteriormente los valores límite para el plomo de acuerdo con los conocimientos científicos y proponga modificaciones legislativas, cuando proceda.

Según el texto acordado, la Comisión iniciará el procedimiento para considerar la inclusión de alteradores endocrinos en la directiva, ya que estos últimos pueden tener efectos nocivos para la salud de los trabajadores.

Finalmente, el texto acordado incluye un requisito para que la Comisión emita directrices sobre vigilancia de la salud, que deberían incluir asesoramiento sobre cómo implementar disposiciones relacionadas con los niveles de plomo en sangre.

El acuerdo provisional ahora tendrá que ser respaldado por el Consejo y el Parlamento. Luego será adoptado formalmente por ambas instituciones tras una revisión jurídico-lingüística. Una vez completados los pasos formales de la adopción, los estados miembros tendrán dos años para incorporar las disposiciones de la directiva a su legislación nacional.

La UE cuenta con normas para limitar la exposición al plomo desde 1982. Se sabe que la exposición prolongada al plomo afecta las funciones reproductivas y el desarrollo fetal, además de dañar el sistema nervioso, los riñones, el corazón y la sangre.

Los diisocianatos son un grupo de productos químicos muy utilizados en la industria, particularmente en la fabricación de poliuretanos y como endurecedores en pinturas, colas, barnices y resinas industriales. Se estima que actualmente 4,1 millones de trabajadores están expuestos a estas sustancias químicas. Actualmente no existen valores límite para los diisocianatos a nivel de la UE, pero se sabe que causan asma y otras enfermedades respiratorias.- Publicidad –

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