Resultados de la votación en el Parlamento Europeo

La delincuencia medioambiental es la cuarta actividad delictiva del mundo y una de las principales fuentes de ingresos de la delincuencia organizada, junto con la droga, las armas y el tráfico de seres humanos. La Comisión presentó en diciembre de 2021 una propuesta para reforzar la protección del medio ambiente en la UE mediante el Derecho penal, con el objetivo de paliar el creciente número de infracciones penales contra el medio ambiente.

La nueva Directiva, consensuada con el Consejo el 16 de noviembre de 2023, fue aprobada con 499 votos a favor, 100 en contra y 23 abstenciones. Contiene una lista actualizada de delitos, entre ellos el comercio ilegal de madera, el agotamiento de los recursos hídricos, las infracciones graves de la legislación europea sobre productos químicos y la contaminación causada por los buques. La Eurocámara ha garantizado que la nueva normativa incluya el denominado «delito cualificado», como los incendios forestales a gran escala o la contaminación generalizada del aire, el agua y el suelo, que conlleva la destrucción de un ecosistema y es, por tanto, equiparable al ecocidio.

Penas de prisión y multas

Los delitos contra el medio ambiente cometidos por personas y representantes de empresas se castigarían con penas de cárcel en función de la duración, la gravedad o la reversibilidad de los daños. Los delitos cualificados podrían ser castigados con ocho años de prisión; los que causen la muerte de una persona con diez años, y los demás delitos con hasta cinco años.

Todos los infractores estarían obligados a restablecer el entorno dañado y a ofrecer compensación, además de enfrentarse a multas. Para las empresas, las multas alcanzarán el 3 % o el 5 % de su facturación mundial anual o, alternativamente, 24 o 40 millones de euros, según la naturaleza del delito. Los Estados miembros podrán decidir si persiguen delitos penales que no hayan tenido lugar en su territorio.

Los Estados miembros organizarán cursos de formación y recopilarán datos

La Eurocámara insistió en que las personas que denuncien delitos contra el medio ambiente deben recibir apoyo y asistencia en el marco de un proceso penal. También garantizó que los Estados miembros impartirán una formación especializada para policías, jueces y fiscales, prepararán estrategias nacionales y organizarán campañas de sensibilización para luchar contra la delincuencia medioambiental. Los datos recogidos por los Gobiernos de la UE sobre delitos contra el medio ambiente deberían ayudar a abordar mejor esta cuestión y a la Comisión a actualizar periódicamente la lista.

Según el ponente del Parlamento Europeo, Antonius Manders (PPE, Países Bajos), «ya es hora de que luchemos contra la delincuencia transfronteriza a escala europea con sanciones armonizadas y disuasorias para prevenir nuevos delitos medioambientales. En virtud de este acuerdo, quienes contaminen lo pagarán. Además, es un gran paso en la dirección correcta que cualquier persona que ocupe un cargo directivo en una empresa que contamine pueda ser considerada responsable, al igual que la propia empresa. La introducción del deber de diligencia hace que ya no haya dónde esconderse tras permisos o lagunas legislativas».

Los Estados miembros disponen de dos años para incorporar las normas a sus sistemas nacionales | Foto: SEO/BirdLife

SEO/BirdLife considera que la nueva directiva es un gran avance para la protección de la naturaleza

La ONG, que ha participado en el proceso de elaboración de la norma, celebra el avance significativo que supone la nueva Directiva respecto a la vigente desde 2008 ya que permite un mejor abordaje de la criminalidad ambiental y la conservación del medio ambiente.

Sin embargo, la norma ha dejado fuera algunos aspectos que habían sido solicitados por la principales ONG ambientales de la UE, entre ellas BirdLife International, que ha participado en las negociaciones con el asesoramiento de SEO/BirdLife. Aunque la aprobación final es todo un logro, durante el proceso «ha habido dificultades para alcanzar el consenso en algunas materias, especialmente en lo que respecta a las sanciones, lo que refleja las diferencias entre estados en relación a la aplicación efectiva de la legislación ambiental en la UE». 

Según David de la Bodega, responsable del Programa Legal de SEO/BirdLife, «de los delitos propuestos la pesca INDNR (pesca ilegal, no declarada y no reglamentada) ha quedado fuera de la lista contenida en la norma. Su inclusión en futuras revisiones es esencial para abordar de manera integral los delitos ambientales». 

Por otro lado, SEO/BirdLife considera que aunque la norma ha avanzado en materia de sanciones, para algunos casos, como los que afectan a las personas jurídicas, aún pueden considerarse insuficientes para disuadir eficazmente la comisión de delitos ambientales.

También señala la necesidad de reforzar el derecho de participación pública en los procesos penales. La norma reconoce el de información y abre la posibilidad a participar en los procedimientos penales, pero no recoge una acción popular a nivel de la UE. Para la organización, la falta de una definición clara de «interesados» en el proceso es una cuestión que debe abordarse en futuras revisiones.

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