Todavía queda mucho por decir sobre los 171 millones de euros de multa que ha impuesto la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a 18 empresas del sector del motor en España. Aunque se trata de la sanción más grande a una industria hasta la fecha, lo cierto es que podría haber sido peor y, además, las compañías tienen muchas posibilidades de mitigar en los tribunales las penas establecidas por la CNMC.

Para empezar, hay que tener en cuenta que de los 171 millones hay que descontar los 39,443 millones que el Grupo Seat no va a pagar por haber destapado las supuestas prácticas anticompetitivas, por lo que la factura no se abonará íntegra. Pero hay más factores que reducen la gravedad de la condena.

La sanción es baja. Es la más importante hasta ahora porque hay muchísimas implicadas”, matiza el abogado Daniel Arribas, especialista en Competencia en el bufete Bird and Bird. En este caso, las multas de la CNMC oscilan entre el 0,1% y el 2% de lo que ingresaron las compañías afectadas en 2014.

Las sanciones oscilan entre el 0,1% y el 2% de lo que ingresaron las compañías afectadas en 2014, pero se podría haber llegado al 10%

“Son muchos millones, pero un cártel se considera una infracción muy grave y puede conllevar una sanción de hasta el 10% del valor facturado en el año anterior. Lo que pasa es que hubo una sentencia de Tribunal Supremo en enero de este año que modifica la forma en que se ponen las multas”, señala el letrado.

La CNMC tenía una guía en la que se basaba para penalizar a las empresas, una pauta que el Tribunal Supremo invalidó porque no se ajustaba a Derecho; sin embargo, todavía se contemplan las sanciones del 10%, así que Competencia podría haber elevado el margen que podría haber exigido.

La vía judicial

El monto de las compensaciones es el único elemento lenitivo, ya que la propia CNMC adelantó que las infractoras pueden recurrir las multas.

En opinión de Arribas, las marcas acudirán de manera generalizada a la Audiencia para interponer recursos, como ya pronosticó también el portavoz de la patronal de fabricantes de automóviles Anfac, David Barrientos.

Recurrir estas multas es una práctica generalizadas, por lo que las marcas de coches acudirán de manera generalizada a la Audiencia Nacional

“Siempre se recurren. Es una práctica habitual y tanto la Audiencia Nacional en primera instancia como el Tribunal Supremo suelen ser favorables”, explica el abogado. “La Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo acaban anulando o reduciendo las multas de Competencia. Lo que están haciendo desde la CNMC es considerar como cártel todos los intercambios de información. En este sentido, se están excediendo un poco”, añade.

Esta práctica, la de entender todos los intercambios de información entre empresas competidoras como constitutivos de cártel, tendría una justificación: sólo así las compañías delatoras pueden acogerse al programa de clemencia, que contempla una reducción o una exención de las penas. Una vía de escape a la que, en este caso, se ha acogido el Grupo Seat, con sus otras marcas (Volkswagen, Audi y Porsche).

Ahí puede residir una de las razones por las que la Justicia podría rebajar las multas. El alcance del intercambio de información puede ser determinante para que se suavicen o no. En este sentido, una reciente resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la del caso Cartes Bancaires, establece que el tráfico de datos entre competidores tiene que ser relevante y tener una influencia palpable.

“Como la Comisión acaba considerando todo como cártel, a la hora de imponer la cantidad total de multas no tiene en cuenta si estos intercambios han tenido efectos en la práctica, que es uno de los elementos para graduar la sanción. Entonces, normalmente se suelen acabar reduciendo o eliminando las multas”, concluye Daniel Arribas.

 

Foto: Flickr – Ilovebutter

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