El superregulador ensalza los efectos de la economía colaborativa y pide al Gobierno y a las CCAA que acaben con las “restricciones injustificadas” en la regulación del fenómeno en el alojamiento y en el transporte.

En el momento en que la batalla por (¿contra?) la economía colaborativa se aviva en España, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) echa un capote al gran negocio de compartir entre particulares.

En plena ofensiva judicial de las patronales del transporte tradicional –taxi y autobús- contra Blablacar y Uber, cuando se acumulan las sanciones contra Airbnb o Homeaway por incumplir las normativas regionales del alquiler turístico, el superregulador publica un elocuente informe con sus conclusiones preliminares sobre la economía colaborativa para someterlo a consulta pública.

La CNMC ensalza los efectos de la economía colaborativa para dar uso a recursos infrautilizados –viviendas, automóviles…- y para inyectar mayor competencia en los mercados en que se ha generalizado (aumentando el número de actores, incrementando la oferta, fomentando la formación de precios más eficientes, impulsando la innovación…).

Y el regulador subraya que las nuevas normativas aprobadas, por el Gobierno central o por las comunidades autónomas, para regular las alternativas a los hoteles, al taxi o al autobús interurbano están llenas de “restricciones injustificadas” e “innecesarias” para el acceso de nuevos agentes y para el desarrollo de su negocio, tanto el de los particulares que alquilan su vivienda o ponen a disposición su coche como el de las plataformas online que sirven para comercializarlos o sólo para poner en contacto a éstos con los clientes.

Acabar con las restricciones innecesarias al alquiler

La CNMC reclama eliminar esas restricciones –que “se oponen a la innovación” y “reducen el dinamismo del mercado”-, recomendando a las Administraciones que apliquen los principios de regulación económica eficiente, e incluso aboga por no descartar que la “respuesta eficiente sea la ausencia de regulación en aquellos casos en que no exista un fallo de mercado”.

En el caso del alquiler de viviendas para uso turístico, en el que se vive un auténtico boom impulsada por gigantes como Airbnb o Homeaway, la CNMC critica las restricciones que suponen las moratorias, como la aprobada por el Ayuntamiento de Barcelona; la obligación de la inscripción de las viviendas turísticas en un registro y la publicación del número de registro; la exigencia de una estancia mínima o máxima de los clientes; las limitaciones por tipo o por localización de la vivienda (en varias regiones se prohíbe el alquiler de viviendas que estén en edificios plurifamiliares); o la prohibición de que se alquilen habitaciones sueltas o de arrendar la casa cuando es la vivienda habitual.

Asimismo, se recomienda “eliminar aquellos requisitos técnicos innecesarios o desproporcionados relativos a accesorios de la vivienda y equipamiento mínimos”, en referencia a la obligación de tener wifi, perchas homogéneas o microondas, establecer unas dimensiones mínimas… Y también la CNMC reclama que se incluya el alquiler de viviendas de uso turístico en las estadísticas de alojamiento que realiza el Instituto Nacional de Estadística (INE), para que sea posible “contar con una imagen completa del sector del alojamiento en España que permita evaluar adecuadamente la evolución de las distintas modalidades y su impacto en el mercado”.

Desregular más el taxi y los VTC

La CNMC ya ha soliviantado al sector del taxi con su propuesta de desregulación del sector y su amenaza de denunciar la normativa actual impulsada por el Ministerio de Fomento. En un momento, además, en que Uber prepara su vuelta al mercado español con su servicio de conductores profesionales (el servicio de taxi alternativo de particulares sigue suspendido cautelarmente por el juez).

En su nuevo informe, el organismo presidido por José María Marín Quemada pide mayor libertad de entrada en el sector del taxi y del alquiler de vehículos con conductor (VTC). En este sentido, pide eliminar que la concesión de licencias de VTC dependa de una ratio en relación al número de licencias de taxi, las restricciones en el ámbito territorial de las licencias, establecer “cuantías proporcionadas” en las coberturas de los seguros obligatorios; y suprimir la obligación de contar con un número mínimo de vehículos para poder desarrollar la actividad de VTC.

Y, al tiempo, el regulador aboga por mayores libertades en el ejercicio de la propia actividad, acabando con requisitos innecesarios o desproporcionados como las dimensiones del vehículo, la potencia mínima, limitación a modelos de coche concretos…; eliminando los horarios obligatorios, las limitaciones de titularidad de las licencias, así como al número de licencias por persona, la prohibición de arrendar, traspasar o ceder la explotación o el vehículo; poner fin a la autorización administrativa por vehículo para la actividad de VTC; evitar la obligación de contratación previa de VTC y que no puedan coger clientes por la calle…

En paralelo, y cuando se dirime ante los tribunales la denuncia por competencia desleal contra Blablacar presentada por la patronal del autobús Confebús, la CNMC propone cambiar el modelo de concesiones a largo plazo existente en el transporte interurbano, y apuesta por eliminar el sistema de concesión por largos permidos, así como eliminar el derecho de preferencia de los operadores que ya explotan una línea de cara a la siguiente concesión.

“En España, no se ha iniciado aún un proceso de revisión sistemático de la regulación existente en los mercados en los que se están detectando con mayor fuerza las innovaciones disruptivas. Las Administraciones Públicas están aplicando, generalmente de manera y más restrictiva, la regulación existente”, afea la CNMC en su informe preliminar. “Este automatismo regulatorio está dificultando o impidiendo la entrada de nuevos operadores en el mercado (…). La respuesta regulatoria a los nuevos modelos de economía colaborativa debe estar basada únicamente en el interés general, y no en la rutina, los supuestos derechos adquiridos o el interés particular de determinados grupos de operadores económicos, incumbentes o nuevos entrantes”.

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