La ley de desindexación, que desvincula los precios de los servicios públicos del IPC , entró en vigor este miércoles, más de un año después de haber sido aprobada por el Gobierno y tras superar el trámite parlamentario del Congreso y del Senado.

El objetivo de esta ley es desvincular totalmente del IPC los precios que se fijan en la prestación de servicios públicos para contribuir a la estabilidad de precios y a la mejora de la competitividad de la economía española, según el Gobierno, citado por la agencia Europa Press.

De esta forma, los precios públicos, por ejemplo los derivados de contratos de servicios públicos, no se actualizarán automáticamente con el IPC, sino que la subida se hará de acuerdo con el incremento de los costes del servicio, ya que la revisión según la inflación conlleva, según el Ejecutivo, una serie de inercias al sector privado que provocan los conocidos como ‘efectos de segunda ronda’.

Así pues, la norma deroga cualquier vinculación directa al IPC en los precios y servicios regulados o prestados por las administraciones públicas, de forma que nada se actualizará según el IPC, y los aumentos de precios deberán estar justificados exclusivamente por la evolución de los costes del servicio.

La nueva ley no afecta a pensiones, impuestos, instrumentos financieros ni a la negociación salarial, pero sí a transportes, telecomunicaciones, energía, servicios postales, agua, tasas, sanciones y los precios de los contratos públicos.

Garantía de competitividad. La norma desarrolla un nuevo índice de referencia para los contratos del sector público y privado, llamado ‘Índice de Garantía de Competitividad’. Este índice tendrá en cuenta el diferencial de inflación de España con la zona euro, que será corregido con la pérdida de competitividad acumulada desde la entrada en el euro (el deterioro acumulado del diferencial). Este nuevo índice tendría un tope del 2% –el objetivo de inflación del Banco Central Europeo (BCE)– y un suelo del 0%.

El Gobierno pretende fomentar el uso de este nuevo índice para que lo acabe aplicando también el sector privado, puesto que algunos sectores económicos tienden a actualizar sus precios en función de la inflación. Así, en el ámbito privado, las actualizaciones quedarán sometidas a la libre voluntad de las partes y si no hay pacto explícito, no se realizará actualización. Por su parte, si el pacto entre las partes no especifica el índice de referencia, se utilizará el nuevo índice propuesto en la ley.

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