Día de despedidas la que se vivió ayer en el Congreso de los Diputados, en el último pleno de la legislatura. Como las penas con pan son menos, los parlamentarios se irán de vacaciones con un jugoso cheque en su bolsillo: el correspondiente a casi dos mensualidades de su salario en pago único y en concepto de “indemnización por transición”. Se aseguran así percibir sus emolumentos hasta el mismo día de los comicios generales. Sin ir a trabajar, podrán cobrar el salario desde el 27 de octubre –fecha de la disolución de las Cortes- hasta el 20 de diciembre –día electoral-. Los cheques van desde los 7.000 euros de un diputado de base a los 14.000 de presidentes y portavoces de comisión. Lo mismo ocurre en el Senado.

El reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los ex parlamentarios, aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en su reunión del día 11 de julio de 2006, lo fija así: “Los miembros de las Cortes Generales que causen baja por disolución de las Cámaras tendrán derecho a percibir una indemnización de transición en un pago único y en la cuantía que determine la Mesa de la respectiva Cámara con cargo al Presupuesto de la misma”.

La Mesa del Congreso determinó que los parlamentarios perciban la “asignación constitucional” idéntica para todos los diputados -2.813,87 euros al mes-, la indemnización por gastos exenta de tributación -1.823,86 euros para los parlamentarios de circunscripciones distintas a Madrid y 870 euros para los de capital- y los complementos mensuales por razón del cargo. Los presidentes de comisión cobran en gastos de representación 1.421,31 euros al mes; los vicepresidentes y portavoces, 1.046,46 euros; y los secretarios y portavoces adjuntos, 697,65.

Si se suman todos esos emolumentos y se multiplican por el número de días que van desde el 27 de octubre al 20 de diciembre, se obtiene el montante total de la indemnización por transición: de 7.000 a 14.000 euros, según se trate de diputados rasos o con cargos en comisiones.

No tendrán derecho a cobrar esas indemnizaciones, los parlamentarios que formen parte de la Diputación Permanente como miembros titulares o suplentes. Estos podrán seguir cobrando su salario hasta la constitución del Congreso que salga elegido en las elecciones del 20-D.

Después llegarán las indemnizaciones por cese

No quedan ahí las indemnizaciones. Hay otras -llamadas por cese- a la que pueden acogerse aquellos diputados que no estén en disposición de renovar su acta por no estar incluidos en las listas electorales. Como habrá una amplia renovación en las candidaturas –en el caso del PP y el PSOE, superior al cincuenta por ciento-, serán muchos los parlamentarios que pidan esas ayudas.

El reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los ex parlamentarios lo explica así: “Quienes hayan sido miembros de las Cortes Generales y tras la constitución de las Cámaras no obtengan nuevo mandato en las mismas, tendrán derecho a una indemnización por cese que la Cámara que corresponda abonar con cargo a su Presupuesto. Este derecho corresponderá también a quién habiendo sido Senador designado por una Comunidad Autónoma, cese en dicha condición sin obtener un nuevo mandato”.

La cuantía de la indemnización por cese será el equivalente de una mensualidad de la asignación constitucional por cada año de mandato parlamentario en las Cortes Generales o fracción superior a seis meses, y hasta un límite máximo de veinticuatro mensualidades.

Las “dificultades” tras volver a la ocupación habitual

Para justificar estas prebendas, las Cortes subrayan que este tipo de indemnizaciones se dan en la mayoría de los parlamentos de los Estados de nuestro entorno.

Cuando se aprobaron estas indemnizaciones, allá por el año 2006 –con José Luis Rodríguez Zapatero en la Jefatura del Gobierno y Manuel Marín en la Presidencia de las Cortes-, se quiso dejar claro que la dedicación a la actividad política parlamentaria obliga, en muchas ocasiones, a quien forma parte de las Cámaras a dejar la que ha sido su ocupación habitual, de modo que, cuando se produce el cese, la vuelta a dicha ocupación suele acarrear diversas dificultades.

“Quizá la más relevante de las mismas es la carencia de cobertura por desempleo que afecta a quien desempeña el mandato parlamentario, pero no hay que desdeñar la necesidad de reciclaje profesional, de reanudación de las actividades industriales o mercantiles, y otras circunstancias semejantes”, se señala en la exposición de motivos del reglamento antes citado.

Las “actividades paralelas” de sus señorías

Las autoridades parlamentarias no tuvieron en cuenta que buena parte de los parlamentarios tienen una actividad paralela a la de las Cortes. Sin ir más lejos, en el Congreso actual, más de un centenar de diputados son alcaldes, tenientes de alcaldes o concejales, y unos ochenta participan como tertulianos en televisión y radio, o son columnistas en medios de comunicación escritos.

Según un detallado informe publicado por El País el pasado 27 de abril, 141 de los 185 diputados del PP ejercen otra actividad y 98 perciben otros ingresos. En el PSOE, 58 de los 110 parlamentarios desarrollan otra actividad y 44 registran otros ingresos.

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