La apología del terrorismo está contemplada en nuestro Código Penal como un delito regulado por el artículo 578 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, y expuesto como sigue: El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años.

En su comparecencia este lunes ante los medios de comunicación para intentar una chafardera, tartamuda, confusa, inaceptable y en algún aspecto delictiva explicación del contrato firmado por la Concejalía de Cultura (¿?) de su Ayuntamiento con el grupo de títeres anarcos que, entre otras animaladas, jalearon el terrorismo etarra, la exjueza y alcaldesa de la capital de España pronunció una frase criticando como “de excesivo rigor” el encarcelamiento de los citados saltimbanquis ya que su acciones y redichos se produjeron “en el marco de la libertad de expresión”. Libertad que ampararía el reproducir postulados de (¡atención a esta frase, la única que le salió rotunda a lo largo del infumable panfleto hablado!): “un determinado movimiento político como es ETA o puede ser el terrorismo yihadista”.

¿Está esta mujer fumada, ha podido de verdad ocupar importantísimos cargos como jueza desbarrando de tal manera y sin caer en que calificar de “movimientos políticos” a asociaciones criminales, de las que una ha ensombrecido con casi mil muertos nuestro reciente pasado y la otra está aún en plena actividad asesina, es apología pura y dura?

No nos gusta el papel de señaladores, pero en nuestra calidad de ciudadanos solidarios con las víctimas del terrorismo y de defensores de la obligada dignidad que ha de mostrar siempre un cargo público, y más si es electo, instamos a la Fiscalía a abrir una investigación que seguramente daría lugar a la instrucción del adecuado procedimiento para esta quizás algo más que presunta delincuente.

A menos que ya no esté en vigor la definición que el diccionario da a ese vocablo: “Se aplica a la persona que comete acciones que van contra la Ley”. Verde y con asas, porque al menos indicios de que eso se ha producido los hay. Y si la Fiscalía se escabulle, aptitud que ha sabido demostrar más que cumplidamente con el escaqueo del fiscal Horrach a la hora de exigir cuentas a la infanta Cristina, instamos a alguna asociación civil cualificada a presentarse como acusación popular.

Pensamos que ya está bien de que la exjueza ampare sus conscientes tropelías detrás de un falso aire de despiste y de jugar a la abuela cebolleta que no es. Cada palo debe aguantar su vela.

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