Cualquier cliente es bueno. Por eso, los operadores de telefonía luchan con todas sus armas para convencer a posibles usuarios. El problema es que a veces sus formas resultan bastante intrusivas. Asimismo, algunas maneras de recabar datos personales son algo peculiares.

Nadie escapa a esa llamada de las 16.00h en que un teleoperador nos pregunta si estamos contentos con nuestro ADSL de 30 Mbs. Lógicamente, desde la compañía que nos llama, bien sea Movistar, Vodafone u Orange, su calidad siempre será mejor. Debemos cambiar. Nos hará una propuesta que no podremos rechazar.

Pero no. Colgamos. Acto seguido nos preguntamos cómo esa compañía ha conseguido nuestro número de teléfono. Es más, cómo sabía qué tarifa teníamos o cuál es la velocidad de internet que puede haber en nuestra casa. La respuesta, si miramos la letra pequeña, es bastante sencilla.

Somos los propios usuarios los que, a veces sin saberlo, ofrecemos todos nuestros datos personales a los operadores. Hay múltiples maneras, pero algunas en concreto de las que no hay forma de escapar.

Estos son algunos ejemplos de los acuerdos sobre los que damos nuestros consentimiento cuando solicitamos cobertura de fibra a los operadores.

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Si quieres saber tu cobertura, dame tus datos

Un ejemplo de esta recopilación de datos llega con las consultas de cobertura, bien sea de fibra o 4G, que se hacen en las páginas web de los operadores. En ellas, para saber si llega a nuestro barrio 30 o 50 Mbs, o si incluso hay 300 Mbs simétricos, debemos proporcionar algunos datos personales. Generalmente: dirección, código postal y teléfono de contacto. Pero, ¿es legal y necesario pedir todos esos datos? ¿Están los operadores en su derecho?

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El experto en derecho y estrategia digital, Borja Adsuara, asegura que, una vez que se han aceptado los acuerdos y políticas de privacidad, no existe ningún tipo de violación legal, dado que el usuario ha dado su consentimiento.

Ahora bien, ¿es necesario pedir tantos datos personales para saber si llega cobertura a una zona? El propio Adsuara advierte de que “existe dentro de la Ley de Protección de Datos un principio llamado de calidad de los datos o de proporción. Esto es que no se pueden pedir más datos de los que se necesitan para el servicio que solicita el usuario”. En este caso, y aunque a veces no le guste a la gente, puede ser lógico que se pida el teléfono y la dirección para determinar si en una determinada zona hay cobertura.

En este sentido, el operador tiene las de ganar. Ante una posible acusación de que se piden demasiados datos, cualquier compañía puede argumentar que se trata de un potencial cliente, ya que ha sido éste quien se ha dirigido a la empresa en busca de información, y, por lo tanto, aclara Adsuara, se crea una especie de relación precontractual.

Además, el experto en derecho y estrategia digital, sostiene que se debe hilar muy fino para determinar el alcance de la proporcionalidad de los datos que se piden. Actualmente los operadores ofrecen servicios empaquetados, por lo que las preguntas sobre nuestras líneas móviles, etc., lo necesitarían para plantear estrategias comerciales.

Otra cuestión es que se pidieran datos como, por ejemplo, el número de hijos, u otros datos íntimos, que si bien pueden ayudar a elaborar la oferta comercial, quizá sobrepasarían ese criterio de proporcionalidad.

Pese a todo, recuerda Borja Adsuara, que una vez hayamos hecho las consultas, si posteriormente ya no queremos recibir más publicidad, se puede enviar un correo a la compañía correspondiente indicando que no se desea recibir más spam. Será entonces cuando el operador de turno, en este caso, deba borrarnos de su base de datos. Así se acabarán las llamadas a las 16h de la tarde.

Imagen | ‘newsbook.portalinformatico.com

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