El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso que presentó hace un año el Gobierno de Canarias contra la privatización de Aena, y obliga además al gobierno insular a pagar las costas de proceso.

En un auto del 10 de febrero, el Supremo explica que las comunidades autónomas sólo pueden impugnar actos del Consejo de Ministros cuando se vean «lesionados» intereses contenidos en los respectivos estatutos de autonomía.

El 19 de febrero de 2015, el Supremo admitió a trámite los recursos presentados por el Gobierno insular contra los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros para la entrada de capital privado en Aeropuertos Españoles y Navegación (AENA), por el que el Ejecutivo autorizaba a la entidad pública empresarial Enaire a iniciar los trámites para el proceso de venta de capital social de Aena.

El Gobierno de Canarias recurrió también otro acuerdo del Consejo de Ministros que autorizaba la enajenación de hasta un 49% de las acciones de Aena mediante oferta pública de venta (OPV).

En su querella, el gobierno canario solicitaba que se declarase la nulidad parcial de ambos acuerdos y se excluyera de estos la gestión de los aeropuertos de interés general ubicados en la Comunidad Autónoma.

Sobre este punto, el Supremo indica que Canarias «no esgrime precepto o título competencial que impida al Estado vender una parte minoritaria del capital de dicha entidad».

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