FACUA denuncia al Interestelar por tercer año seguido por no permitir entrar con alimentos y cobrar hasta 30 euros por cambiar el nombre

La promotora comete otra infracción en materia de consumo por quedarse con parte del dinero no consumido de las pulseras 'cashless'. El Ayuntamiento de Sevilla ya le abrió expediente sancionador en 2022.

Festival Interestelar | Foto: Facua
Festival Interestelar | Foto: Facua

FACUA-Consumidores en acción ha denunciado ante la Dirección General de Consumo y Mercados de Abastos del Ayuntamiento de Sevilla a Interestelar Sevilla AIE, promotora del Festival Interestelar que se celebra los días 17 y 18 de mayo en la capital hispalense, por cobrar hasta 30 euros extra por personalizar el abono con los datos de los asistentes, por no permitir acceder al recinto con comida y bebida del exterior y por quedarse con parte del dinero no consumido de las pulseras cashless.

La asociación ya denunció en 2022 y en 2023 a la promotora del evento por impedir el acceso con comida y bebida de fuera entre otras irregularidades, lo que derivó en la apertura de un expediente sancionador por importe de 12.000 euros por parte del Ayuntamiento de Sevilla. A día de hoy, el consistorio sevillano todavía no ha informado a la asociación si ha resuelto o no dicho expediente sancionador.

FACUA ha podido comprobar que en la web del evento, en el apartado de ‘Info‘, hay una sección donde se informa de que «la personalización de las entradas es gratuita durante los primeros 20 días desde que se realiza la compra. Una vez pasado ese plazo, realizar un cambio de datos en tu entrada supone un coste de 20 euros de forma online, en el caso de que el cambio de nombre se tuviese que hacer por el personal del centro de incidencias del festival tendrá un incremento de 10 euros (30 euros en total)».

La empresa organizadora debería garantizar que la entrada de cada persona esté debidamente personalizada con nombre y apellidos al momento de acceder al festival, por lo que FACUA considera que este cargo podría ser abusivo, pues dicha personalización «debería venir de base con el hecho de adquirir la entrada»

Devolución del saldo de la pulsera

Por otro lado, en el apartado de ‘Pulsera cashless‘ publicado en la web del evento aparece la siguiente cláusula: “Una vez finalizado el festival podrás solicitar la devolución del saldo restante que queda en la pulsera desde el miércoles 22 de mayo de 2024 a las 00:00h hasta las 23:59h del martes 4 de junio de 2024 siempre y cuando el importe sea superior a 3 euros y haya sido recargado durante el festival de manera online o en las taquillas (descontando 3 euros de gastos de gestión por la prestación del servicio de devolución). El reembolso podrá solicitarse a través de la web oficial del festival. El saldo gratuito de la ‘promo bebida’ no es reembolsable”.

La asociación asegura que existe un claro desequilibrio entre las partes, por lo que se trata de una práctica abusiva en base a lo dispuesto en el 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: «Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».

Otro incumplimiento de la normativa vigente es la imposición de la pulsera cashless como único método de pago en el festival, incluyendo los stands de hostelería. La ley recoge que es infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios «la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal».

FACUA entiende que la promotora del Festival Interestelar está cometiendo varias infracciones en materia de consumo al introducir cláusulas abusivas por falta de reciprocidad en virtud de lo regulado en la Ley 13/2003 de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. El artículo 71.4.2. de esta norma considera infracción el hecho de «cobrar o intentar cobrar a los consumidores precios superiores a los anunciados, expuestos, o a los autorizados o impuestos por la Administración o comunicados a ésta».

El artículo 71.5.2., por su parte, ve sancionable «introducir en los contratos, en los contratos-tipo establecidos de forma unilateral o en las condiciones generales de contratación cláusulas abusivas de las previstas en los artículos 85 a 90 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, así como las declaradas como tales por sentencia judicial».

Sigue sin permitir entrar con comida y bebida

FACUA denuncia además que la mercantil Interestelar Sevilla AIE vuelva un año más a no permitir a los asistentes acceder al interior del recinto con bebida o bebida de fuera. En la web del festival aparece la siguiente información: «En el recinto de conciertos del festival no se puede introducir ni comida ni bebida. En diferentes espacios del recinto encontrarás puestos de comida y barras en los que podrás adquirir comida y bebida. Disponemos de una barra especializada que cuenta con cerveza sin gluten y sin alcohol».

Al haber establecido de forma unilateral estas limitaciones a la admisión de los usuarios, el organismo dependiente del Área de Comercio y Turismo del consistorio sevillano expuso que en el evento se infringió el artículo 7.2 de la Ley 13/1999 de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.

Por todo ello, FACUA ha vuelto a dirigirse a la Dirección General de Consumo y Mercados de Abastos del Ayuntamiento de Sevilla para pedirle que abra un nuevo expediente sancionador a la empresa promotora del festival Interestelar por cometer varias infracciones en materia de consumo por impedir el acceso con comida y bebida, cobrar hasta 30 euros por personalizar el abono y establecer una fecha límite para proceder a la devolución del dinero sin gastar de la pulsera.

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