La nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria, que entra en vigor este lunes, permitirá a los notarios asumir funciones que hasta la fecha eran de ámbito exclusivamente judicial, como la celebración de matrimonios, las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo o la formalización de actos de conciliación.

La ley “es una muestra de confianza hacia la profesión, y supone dar nuevas opciones a los ciudadanos, que es siempre es positivo”, ha declarado el decano del Colegio Notarial de Cataluña, Joan Carles Ollé, a través de una nota de prensa de esta institución.

“La contribución de los notarios en el ámbito de la Jurisdicción voluntaria ha sido siempre relevante, como son las declaraciones de herederos o la constitución de parejas de hecho, y ahora se refuerza nuestra aportación en asuntos que no comportan pleitos ni controversias, en un proceso de desjudicialización que tiene que contribuir a que tengamos una justicia más ágil y eficaz”, ha proseguido.

“La distribución geográfica de los notarios en todo el territorio y presentes en poblaciones de poco más de 1.000 habitantes, y el sistema telemático integrado de que disponemos nos permite estar muy cerca de los ciudadanos y facilitarles la eficaz resolución de sus asuntos jurídicos”, añadido.

Nuevas competencias

A partir de este viernes, de acuerdo con las nuevas competencias, los notarios podrán celebrar matrimonios en sus despachos, en días laborables y en horas de oficina, con cita previa. No obstante, el expediente matrimonial continuará siendo tramitado por el juez encargado del Registro Civil hasta el 30 de junio de 2017, fecha en que la tramitación del expediente matrimonial también se podrá hacer en las notarías.

Asimismo, los notarios podrán otorgar escritura pública de separación o de divorcio siempre y cuando sean de mutuo acuerdo y no existan menores no emancipados ni hijos con la capacidad modificada judicialmente que dependan de sus progenitores. Se requerirá que la celebración del matrimonio haya tenido lugar, como mínimo, tres meses antes.

Aparte, la nueva ley delega también en los 3.000 notarios y 1.000 registradores españoles parte de los procedimientos no contenciosos que hasta la fecha se resolvían en los juzgados, como los relacionados con herencias (albaceas, particiones o repudios de herencias) o conflictos menores en empresas. El Ministerio de Justicia estima que alrededor de 18.000 de los 50.000 asuntos anuales serán delegados a partir de ahora a notarios y registradores.

Por ejemplo, los notarios también tendrán capacidad para formalizar la conciliación, una escritura pública que puede utilizarse para llegar a un acuerdo sobre cualquier controversia contractual, mercantil, sucesoria o familiar. La escritura recogerá si se ha llegado o no a un acuerdo y, en caso afirmativo, sus términos. La escritura está dotada de eficacia ejecutiva. Se trata de una competencia compartida alternativamente con los secretarios judiciales y, en parte, con los registradores de la propiedad y mercantiles.

Según un informe recogido por el diario Cinco Días, en 2014 acudieron a un notario un total de 6.530.398 ciudadanos, el equivalente al 14% de la población, lo que representa un aumento del 3,5% sobre 2013. Lo hicieron para realizar 7.287.070 actos notariales, un 2% más que un año antes. Estos datos rompen la tendencia descendente iniciada en 2007, justo antes de la crisis y del estallido de la burbuja inmobiliaria. En términos acumulados, los actos notariales registrados en 2014 fueron un 40% inferiores a los contabilizados en 2007, lo que se explica por el derrumbe del sector de la construcción.

 

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