El 43% de los fondos que manejó el partido de Pablo Iglesias para las elecciones europeas no se ingresó conforme a la ley, que exige a los donantes facilitar su nombre, DNI y domicilio. El Tribunal rechaza sancionar a la formación por el vacío legal existente en lo relativo al sistema de financiación empleado, que pide regular.

Casi la mitad de los recursos que manejó Podemos para financiar su campaña de las europeas fue ingresado sin cumplir enteramente la ley. Así lo refleja el informe del Tribunal de Cuentas que ayer presentó su presidente, Ramón Álvarez de Miranda, ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) encargada de seguir su actividad. Dicho documento destaca que el partido de Pablo Iglesias contó con un total de 114.365,75 euros para desarrollar la actividad electoral previa a los comicios del 25 de mayo -que a la sazón supusieron su irrupción en el espectro político-, todos ellos procedentes de aportaciones de personas físicas y jurídicas.

«Para un importe de 48.261,47 euros, falta alguno de los requisitos de identificación contemplados» en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), recoge el escrito. Concretamente, es el artículo 26.1 el inobservado por Podemos, que establece que los donantes «harán constar en el acto de la imposición su nombre, domicilio y el número de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, que será exhibido al correspondiente empleado de la entidad depositaria». Además, para otros 886,12 euros recaudados a través de 57 ingresos distintos, faltaron los tres requisitos exigidos.

Podemos se ofreció a destinar las donaciones cuestionadas a lo «que el Tribunal establezca»

El importe total cuyo origen no ha sido acreditado enteramente con arreglo a la ley supone el 43% de lo presupuestado para las elecciones europeas. Además, Podemos es el único partido de los fiscalizados por el Tribunal de Cuentas que no presentó «coherencia interna de la contabilidad rendida», precisamente por esos desajustes.

«La contabilidad electoral rendida por la formación política presenta incoherencias formales en los estados financieros formulados», detalla el informe, «existiendo un descuadre entre los recursos declarados y los gastos electorales contraídos». No obstante, el Tribunal puntualiza que esa situación no ha impedido «la fiscalización de dichos gastos y de los recursos con los que han sido financiados».

El partido de Iglesias alegó al ser informado de las irregularidades que todo se debía a fallos técnicos en el «diseño del software de la plataforma de crowdfunding» empleada para financiarse y mostró su disposición a «destinar dichas donaciones a la finalidad que el Tribunal establezca». En virtud de esa respuesta y del carácter alegal que por el momento tiene el sistema de crowdfunding empleado, el Tribunal rechaza sancionar al partido, cosa que pedía el PP: «no procede la formulación de propuestas de reducción de la subvención electoral que le corresponda percibir a la formación política».

En lo que sí incide el informe es en la necesidad de regular ese tipo de financiación, cosa que recoge entre sus conclusiones finales. El Tribunal de Cuentas lo reclama «dadas sus especificidades respecto al medio de captación de los fondos y las dificultades en relación con la identificación de su procedencia que se han manifestado en la práctica».

Imagen | Wikipedia

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