El martes 7 de abril arranca la Campaña de Renta 2014, la última antes de la entrada en vigor de la reforma fiscal, que reduce los tipos del IRPF a los contribuyentes desde el 1 de enero de 2015.

La Campaña comienza con el inicio del plazo para que los contribuyentes puedan solicitar el borrador o los datos fiscales de la declaración del impuesto a través de su sede electrónica, a la que se puede acceder mediante del portal de la Agencia en internet.

En esta ocasión, la Campaña empieza una semana más tarde de lo habitual en ejercicios precedentes por la concidencia con la festividad de Semana Santa.

Como novedad, en esta campaña las declaraciones con  el programa PADRE u otros programas de ayuda se podrán comenzar a presentar también el día 7, al igual que los borradores. Esto significa, para un amplio colectivo de contribuyentes, la posibilidad de presentar su Renta dos semanas antes que el año pasado y, por tanto, de adelantar también sus devoluciones.

Para obtener el número de referencia que permite acceder por internet al borrador o los datos fiscales, los contribuyentes deberán comunicar su Número de Identificación Fiscal (NIF), el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2013 (‘Base liquidable general sometida a gravamen’), y el número del teléfono móvil en el que deseen recibir mediante SMS el número de referencia del borrador o de los datos fiscales.

Con dicho número los contribuyentes podrán acceder a sus datos fiscales y al borrador y, en su caso, confirmar este último, con o sin modificación. En el supuesto de obtención del borrador de declaración por la opción de tributación conjunta deberá hacerse constar también el NIF del cónyuge.

Los contribuyentes que dispongan de firma electrónica o el nuevo sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario podrán acceder directamente a su borrador o a los datos fiscales a través de la sede electrónica de la AEAT, en cuyo caso no será preciso hacer constar el importe de la citada casilla 415. En el supuesto de declaración conjunta será necesario que ambos cónyuges dispongan del correspondiente certificado electrónico.

En cualquier caso, la Agencia Tributaria remitirá por correo ordinario el borrador de la declaración o los datos fiscales a aquellos contribuyentes que lo hubieran solicitado expresamente marcando la casilla correspondiente en su declaración del IRPF del ejercicio 2013, siempre que el borrador o los datos fiscales no se hubiesen obtenido con anterioridad por cualquiera de los medios telemáticos anteriormente citados.

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