Foto: Ecologistas en Acción Murcia

El Pleno del Congreso de los Diputados ha acordado iniciar la tramitación de la Proposición de Ley para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca al aprobar con 274 votos a favor, 53 en contra y 6 abstenciones, la toma en consideración de este texto procedente de una iniciativa legislativa popular que logró reunir más de 600.000 firmas.

La proposición de ley tiene por objeto declarar la personalidad jurídica de la Laguna del Mar Menor y de su cuenca, reconociéndolos así como sujeto de derechos. Según la exposición de motivos, la iniciativa responde a la «grave crisis que en materia socio-ambiental, ecológica y humanitaria viven el Mar Menor y los habitantes de sus municipios ribereños» y a la «insuficiencia del actual sistema jurídico de protección».

Asimismo se ha propuesto reconocer como derechos la protección, conservación, mantenimiento y restauración, que estarían a cargo de los gobiernos y los habitantes ribereños, y el derecho a «existir como ecosistema y a evolucionar naturalmente». Para asistir y vigilar el cumplimiento de estos derechos, la Laguna tendría una Tutoría y una representación legal ejercidas por las Administraciones Públicas y un representante de los ciudadanos de los municipios ribereños. Al tiempo, se creará una comisión de seguimiento y un comité científico.

Por otra parte, la iniciativa legitimará a «cualquier persona física o jurídica» para defender el ecosistema del Mar Menor a través de acciones judiciales presentadas en los tribunales correspondientes en nombre del ecosistema del Mar Menor «como la verdadera parte interesada».

Tramitación parlamentaria

La Mesa de la Cámara admitió a trámite el escrito por el que se ejercita el trámite inicial de la iniciativa legislativa popular en septiembre de 2020, comenzando el plazo para la recogida de las 500.000 firmas acreditadas, como establece el artículo 87.3 de la Constitución Española. Una vez superado el debate de toma en consideración arranca ahora su tramitación parlamentaria con envío a la Comisión competente y la apertura del plazo de presentación de enmiendas, según lo establecido en el artículo 126 del Reglamento del Congreso.

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