La Comisión está obligada legalmente a sancionar a España y Portugal por el incumplimiento del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en relación a sus niveles de déficit. El alto organismo podría plantearse rebajar o anular las multas si los estados lo solicitasen, pero la previsión de nuevos incumplimientos frena la buena voluntad de Bruselas.

A Portugal ya se le ha acabado el plazo y España tiene seis meses para lograr lo imposible, ambos países superan el valor de referencia del 3% del PIB respecto al déficit global y el mensaje de Bruselas es claro: no se han hecho los suficientes esfuerzos para controlar el desvío.

El Colegio de Comisarios confirmó que Portugal no corrigió su déficit excesivo para 2015 y que es improbable que España lo haga para 2016. Estos plazos los fijó el Consejo en 2013. Ahora, el organismo deberá plantear nuevos plazos para ambas economías, lo que no las exime de la sanción por incumplimiento de lo pactado.

La sensación general en Bruselas es que, a pesar de los sacrificios de los países peninsulares, se podría hacer mucho más en materia de endeudamiento. Aunque ambos han conseguido un considerable saneamiento presupuestario desde que sus déficits alcanzaran su nivel máximo en plena crisis financiera, no se han alcanzado los objetivos fijados por el Consejo, tanto en lo que respecta a las cifras principales como al esfuerzo presupuestario estructural.

“España y Portugal han avanzado mucho desde el inicio de la crisis, sin embargo, ambos países se han desviado últimamente de la senda de corrección de sus déficits excesivos y no han alcanzado sus objetivos presupuestarios. Estamos dispuestos a colaborar con las autoridades españolas y portuguesas para definir el mejor camino a seguir. La reducción de los altos déficits y niveles de deuda es una condición previa para el crecimiento económico sostenible”, señalaba Valdis Dombrovskis, vicepresidente responsable del Euro y el Diálogo Social.

En la misma línea, el comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Pierre Moscovici, explicó que las normas del Pacto de Estabilidad son “complejas pero inteligentes” y anunció próximas negociaciones para “alcanzar un entendimiento común de los compromisos políticos que deben asumirse”.

Tras la decisión del Consejo, la Comisión estará legalmente obligada a presentar, en un plazo de veinte días, una propuesta de multa para ambos estados. Asimismo, deberá proponer una suspensión parcial de los compromisos de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE).

En lo que respecta a la multa, la Comisión podría recomendar que el Consejo rebajara su importe o la anulase. Esto puede ocurrir en caso de circunstancias económicas excepcionales o previa solicitud motivada del Estado miembro, que deberá presentarse a la Comisión en un plazo de diez días a partir de la adopción por parte del Consejo de su decisión.

Se abre también el plazo a una nueva batería de recomendaciones y renegociación de los tiempos de cara a los próximos ejercicios. Está previsto que los ministros de Finanzas de la UE debatan estas recomendaciones, mientras que la Comisión seguirá supervisando la aplicación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

Los deberes con Bruselas

España también está sujeta al componente corrector del Pacto de Estabilidad y Crecimiento desde 2009 y se le recomendó corregir su déficit excesivo en 2016 a más tardar. España incumplió sus objetivos intermedios de déficit global tanto en 2014 como en 2015 y, según las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, tampoco se prevé que vaya a cumplir su objetivo de déficit global para 2016.

El déficit global de España alcanzó un máximo del 11 % en 2009, antes de caer hasta un 10,4 % del PIB en 2012 y al 5,1 % en 2015, mientras que el objetivo recomendado para 2015 era del 4,2 % del PIB. El esfuerzo fiscal estructural acumulado a lo largo del período comprendido entre 2013 y 2015 se estima en el 0,6 % del PIB, muy por debajo del 2,7 % del PIB recomendado por el Consejo. El nivel de la deuda pública ha permanecido relativamente estable en el 99,3 % del PIB en 2014 y el 99,2 % en 2015.

Según la propia Comisión: “Esto lleva a la conclusión de que España no ha adoptado medidas eficaces en respuesta a la Recomendación del Consejo en el marco del procedimiento de déficit excesivo”.

El caso de Portugal es prácticamente el mismo. El país luso está sujeto al componente corrector del Pacto de Estabilidad y Crecimiento desde diciembre de 2009 y se le recomendó corregir su déficit excesivo en 2015 a más tardar. Portugal ha dejado pasar el plazo para corregir su déficit excesivo, puesto que su déficit de 2015 se quedó en el 4,4 % del PIB, por encima del valor de referencia del Tratado del 3,0 % del PIB, y por encima del 2,5 % recomendado por el Consejo en 2013.

El esfuerzo fiscal estructural acumulado a lo largo del período comprendido entre 2013 y 2015 se estima en el 1,1 % del PIB, muy por debajo del 2,5 % del PIB recomendado por el Consejo. Tras alcanzar un nivel máximo del 130,2 % del PIB en 2014, el nivel de la deuda pública sigue siendo elevado, al equivaler al 129 % del PIB en 2015.

El alto organismo también considera que la respuesta del país luso “ha sido insuficiente”.

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