El tribunal desestima el cierre cautelar de la plataforma de coches compartidos mientras se analiza la denuncia de la patronal de los autobuses Confebus.

Uber, la aplicación de taxis alternativos, lleva en dique seco en España desde finales de 2014. El juez decidió entonces aplicar medidas cautelares y obligó a la compañía a suspender su servicio mientras se dirimía la demanda por competencia desleal presentada por la Asociación Madrileña del Taxi.

Y ese mismo juez –Andrés Sánchez Magro, que sobre él recayó también el caso- ha decidido ahora no aplicar esas mismas medidas cautelares contra Blablacar, contra la que presentó una demanda similar la patronal de las empresas de autobuses Confebus. Mientras se analiza el caso, la plataforma para compartir vehículos entre particulares podrá seguir operando en España.

El negocio de Blablacar es ejercer de intermediario entre particulares que quieren compartir gastos en un viaje en automóvil. El dueño del coche anuncia un trayecto que tiene previsto hacer, otro viajero se ofrece para compartir coche y compartir gastos del viaje, y Blablacar propone un precio del trayecto y cobra una comisión del 10% al pasajero que se sube al vehículo de otro. En principio, economía colaborativa de manera estricta. En principio, economía colaborativa que no se parece al servicio de taxis ilícitos de Uber.

Sin embargo, Confebus considera que muchos de los conductores que ofrecen su coche en Blablacar van mucho más allá de un mero interés por compartir gastos y estarían realizando varios trayectos diarios en rutas concretas, con lo que su actividad pasaría de la economía colaborativa a la actividad profesional de transporte de pasajeros por carretera.

Según un estudio de Confebus –adelantado por El Mundo cuando desveló la demanda contra Blablacar-, el pasado puente de mayo en la plataforma se ofrecían 164 coches para la ruta Madrid-Valencia, 203 para Madrid-Murcia; y 153 en Madrid-Alicante. Y los precios que tenían que pagar los pasajeros por compartir coche eran unos 10 euros más baratos que el viaje en autobús en todos los casos.

La demanda de Confebus subraya que Blablacar estaría así ejerciendo una competencia desleal, dado que no se trataría sólo de una fórmula para compartir gastos, sino que habría conductores profesionales que estarían percibiendo remuneraciones directas sin contar con la autorización administrativa preceptiva.

De momento, y a la espera de que continúa en el caso en el juzgado, el magistrado no considera necesario el cese de operaciones de Blablacar. Y es que al juez no le parece que Blablacar y Uber sean lo mismo. Al menos de momento.

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