Este viernes por fin se ha conocido el Real Decreto por el que los bancos se responsabilizarán de abonar a sus clientes el dinero recibido de manera ilegal mediante las conocidas cláusulas suelo. Aunque todas las organizaciones de consumidores creen de manera unánime que, en general, los usuarios han quedado muy desprotegidos.

Finalmente el Gobierno no lo ha demorado más, y en comparecencia tras Consejo de Ministros, el responsable de la cartera de Economía, Luis de Guindos, ha explicado cómo se articula el Real Decreto para la devolución de estas cláusulas hipotecarias. En concreto, los bancos devolverán en efectivo lo cobrado de más a los clientes, aunque consumidor y entidad podrán acordar otras fórmulas de devolución, como la novación de la hipoteca.

El procedimiento da tres meses a los bancos para llegar a un acuerdo con el consumidor y resolver las reclamaciones. La vía judicial quedará abierta en el caso de que el cliente no quede satisfecho con la oferta de su banco. Este Real Decreto obliga a las entidades de crédito a poner en marcha en el plazo máximo de un mes a contar desde la entrada en vigor del decreto las medidas necesarias para dar cumplimiento a esta vía extrajudicial. Además, los bancos deben garantizar que el sistema es conocido por todos los consumidores con cláusula suelo en sus contratos.

De Guindos ha especificado que las entidades también deberán informar a aquellos clientes cuya hipoteca esté actualmente cancelada pero estuviera afectada por una cláusula suelo declarada nula, que podrán acogerse al mecanismo extrajudicial. Una vez que el cliente dirige la reclamación a la entidad, esta deberá remitirle un cálculo de la cantidad a devolver incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no procede.

Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá decidir si está de acuerdo o no. Si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo en un plazo máximo de tres meses, aunque también cabe la posibilidad de que la entidad y el cliente acuerden otras medidas compensatorias alternativas, como la novación de las condiciones de la hipoteca.

Cláusulas suelo, un jaleo para los clientes

Las principales organizaciones de consumidores han lanzado un mensaje claro: todo es muy enrevesado. La OCU ha lamentado la falta de transparencia y de independencia del Real Decreto a la hora de fijar las cantidades que los bancos tienen que devolver por la nulidad de la cláusula suelo y ha señalado que las entidades deberían facilitar a los consumidores afectados el cuadro de amortización de su préstamo con cláusula suelo y sin ella.

Desde Adicae estiman que el engañoso anuncio difundido de que las entidades deberían comunicar a todas las familias con la cláusula suelo su situación es falso. Según la organización, los bancos no tendrán más obligación que poner en marcha un procedimiento de reclamación y anunciarlo en algún tablón de anuncios y en su página web. Se confunde así a la opinión pública y a los afectados, que no serán informados mediante una carta o correo electrónico directo.

Añaden, además, que el ministro De Guindos ha abierto la puerta de manera flagrante a una distinción entre cláusulas suelo “buenas” y “malas” bajo el sofisma de lo que es o no legal. Esta posición del Ministerio de Economía, que se refleja en las ambigüedades del Real Decreto, contradice abiertamente cualquier interpretación de las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la UE.

Afirman desde Adicae que éstos han declarado la falta de transparencia de todas las cláusulas suelo en los contratos con los consumidores en España, dando lugar a que algunas entidades obliguen a cientos de miles de sus clientes a dirigirse a los juzgados de nuevo de uno en uno, lo que supondría un grave fracaso del procedimiento extrajudicial ideado por el Gobierno.

Imagen | ‘@desdelamoncloa

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