Foto: Ecologistas en Acción

La Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico ha aprobado la Proposición de Ley para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca. La iniciativa será ahora remitida al Senado para continuar con su tramitación parlamentaria.

La proposición de ley declara la personalidad jurídica de la Laguna del Mar Menor y de su cuenca, reconociéndolos así como sujeto de derechos. En este sentido, se incluye en la cuenca una unidad biogeográfica de 1.600 kilómetros cuadrados así como el conjunto de los acuíferos «que pueden afectar a la estabilidad ecológica de la laguna costera».

Según la exposición de motivos, la iniciativa responde a la «grave crisis que en materia socioambiental, ecológica y humanitaria viven el Mar Menor y los habitantes de sus municipios ribereños» y la «insuficiencia del actual sistema jurídico de protección».

Derechos del Mar Menor y su cuenca

En su articulado, la norma reconoce al Mar Menor y su cuenca los derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración, que estarían a cargo de los gobiernos y los habitantes ribereños. Se le reconoce también el derecho a «existir como ecosistema y a evolucionar naturalmente».

Para asistir y vigilar el cumplimiento de estos derechos, la laguna del Mar Menor tiene una Tutoría, formada por un Comité de Representantes, una Comisión de Seguimiento y un Comité Científico. De esta manera, en la Tutoría estarán representados las Administraciones Públicas y los ciudadanos de los municipios ribereños, así como científicos y expertos.

Por otro lado, la norma establece que cualquier acto de las administraciones públicas que vulnere las disposiciones contenidas en el texto «se considerará inválido y será revisado en la vía administrativa o judicial. Además, la iniciativa legitimará a «cualquier persona física o jurídica» para defender el ecosistema del Mar Menor a través de acciones judiciales presentadas en los tribunales correspondientes en nombre del ecosistema del Mar Menor «como la verdadera parte interesada».

Asimismo, el texto obliga a las Administraciones Públicas a desarrollar políticas públicas de prevención, alerta temprana o protección «para evitar que las actividades humanas conduzcan a la extinción de la biodiversidad del Mar Menor»; así como a «restringir de forma inmediata» las actividades «que pueden conducir a la extinción de especies» o realizar «estudios periódicos sobre el estado del ecosistema del Mar Menor».

Tramitación parlamentaria

La Mesa de la Cámara admitió a trámite el escrito por el que se ejercita el trámite inicial de la iniciativa legislativa popular en septiembre de 2020, comenzando el plazo para la recogida de las 500.000 firmas acreditadas, como establece el artículo 87.3 de la Constitución Española.

Alcanzada dicha cifra, esta proposición de ley fue tomada en consideración por el Pleno del Congreso el pasado 5 de abril de 2022 con 274 votos a favor, 53 en contra y 6 abstenciones. Tras su paso por ponencia y comisión, la proposición de ley seguirá ahora su tramitación en el Senado, donde seguirá el procedimiento de debate en ponencia, comisión y Pleno. 

La Cámara Alta podrá aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para la celebración de un último debate antes de su aprobación definitiva.

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